ACUERDOS ECONÓMICOS BILATERALES
Desde 1996 existe un acuerdo comercial con Turquía que está reflejado en el Acuerdo de Unión Aduanera entre Turquía y la UE. Entre los acuerdos bilaterales destaca:
• Convenio para Evitar la Doble Imposición, 2003
• Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Intereses (APPRI), 1998
• Acuerdo de Transporte de Carretera, 2004
• MOU de Cooperación Pesquera y Acuicultura, 2012-última renovación
• MOU de Energías renovables y eficiencia energética,2009
• Acuerdo de Colaboración entre la Agencia de Promoción de Inversiones
• MOU de Cooperación Agraria y Alimentación, 2013
• Comisión Conjunta Económica y Comercial, 2014
Además, La Unión Europea tiene suscrito un gran número de acuerdos comerciales preferenciales con el objetivo del desarme arancelario, para esto es necesario aportar la prueba de origen preferencial.
La declaración en factura permite a los expedidores justificar el origen preferencial de sus mercancías a través de una declaración propia incorporada bien en la factura comercial o bien en cualquier otro documento mercantil que acompañe el envío. Ahora bien, para las operaciones donde el valor mercancía supere 6000 EUR sólo es válida la declaración de origen preferencial que incorpore el número de exportador autorizado, sin este número no se puede aplicar el trato preferencial y se debe gestionar el certificado EUR1, el cual se emite por parte del exportador o representante aduanero en base a los datos de lafactura comercial y se adjunta al envío. Este número se les otorga a los exportadoresautorizados por la Aduana española, una vez presentada la solicitud y llevado al cabo unproceso de auditoría donde se acredite la capacidad del operador concernido de cumplircon las reglas de origen y con los demás requisitos legalmente establecidos. Para envíos entre particulares, se pueden acoger al trato preferencial aduanero determinadas operativas sin presentarse la prueba de origen cuando no supere el valor de 500 EUR.